ARTÍCULO 9 DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICO DE LOS PUEBLOS INDÍGENA EN TU’UN SAVI (MIXTECO)

Con el objetivo de difundir los derechos lingüísticos de los pueblos originarios, la Academia Veracruzana de las Lenguas Indígenas te invita a compartir el siguiente video en Tu’un Savi (Mixteco) sobre Artículo 9 de la Ley General de Derechos Lingüístico de los Pueblos Indígenas: “Es derecho de todo mexicano comunicarse en la lengua de la que sea hablante, sin restricciones en el ámbito público o privado, en forma oral o escrita, en todas sus actividades sociales, económicas, políticas, culturales, religiosas y cualesquiera otras. ”

#LGDLPI ¡Por el respeto de los pueblos y lenguas originarias de Veracruz! #LenguasIndígenas #Derechos

#NoDiscriminación #AVELI2024 #MeLlenaDeOrgullo

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